REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DECIMO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Diecinueve (19) de Enero de dos mil doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), se trasladó este Juzgado Décimo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del Juez CESAR HUMBERTO BELLO, junto con el Secretario ENRIQUE GUERRA, y en compañía del abogado en ejercicio de este domicilio CARLOS SALAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 17.835, a fin de practicar la medida de entrega material del siguiente bien inmueble: “constituido por una parcela de terreno de QUINIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS (580 mts2) aproximadamente, situada en un lote de terreno parte de mayor extensión, ubicado en el kilómetro dos (Km. 2) de la carretera que conduce de Baruta a la Urbanización El Placer, sector denominado Monte Rosa, Distrito Sucre del Estado Miranda”. Dicha medida fue decretada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por Resolución de Contrato, sigue INVERSIONES LA BAITA S.A. contra C.A. VENEZOLANA DE RESTAURACIONES Y CONTRUCCIONES VENRECOCA, expediente de la causa Nº AH16-V-2007-000126. Una vez constituidos en la dirección señalada, se procedió a dar los toques de Ley correspondientes, siendo atendidos por el ciudadano JOSÉ MANUEL VILLEGAS BENÍTEZ, titular de la cédula de identidad Nº 9.116.328, ocupante del inmueble objeto de la presente medida, a quien se le impuso la misión del Tribunal. En este estado, el ciudadano JOSÉ VILLEGAS BENÍTEZ, ya identificado, señala al Tribunal que procederá a retirar los bienes muebles que se encuentran dentro del inmueble objeto de la presente medida, a su propia cuenta, riesgo y responsabilidad, a un guarda muebles privado. En este estado, el Tribunal, visto que el inmueble objeto de la presente medida se encuentra libre de bienes y personas, procede a realizar la entrega material, real y efectiva del mismo, y lo pone en posesión de la parte actora, en la persona de su apoderado judicial Abogado CARLOS SALAS, quien lo recibe en este acto. En este estado, el Tribunal, cumplida como ha sido la misión encomendada, ordena remitir la presente comisión con sus resultas al Tribunal de la causa, el regreso a la sede de este Juzgado, y el cierre de la presente acta, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.). Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
EL APODERADO ACTOR,
EL NOTIFICADO,
EL SECRETARIO,
EXP. 12-3062 (EJECUTOR)
EXP. AH16-V-2007-000126
CHB/EG/.