REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, once de enero de dos mil doce
201º y 152º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-004713
PARTE ACTORA: ELOISA DEL CARMEN SUBERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
PARTE DEMANDADA: HOSPEDAJE LOS ANGELES I.C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALBERTO JOSE JESURUM ARELLANO
MOTIVO: COBRO DEPRESTACIONE SOCIALES
ACTA DE INICIO DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día hábil de hoy once (11) de Enero de dos mil once (2011), siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, el Tribunal deja expresa constancia de la comparecencia del ciudadano ALBERTO JOSE JESURUM ARELLANO, abogado apoderado judicial de la parte demandada “HOSPEDAJE LOS ANGELES I.C.A”; representación que se verifica de documento poder que en original presenta al vista del Juez, y consigna copia, copia que confrontado con su original es agregado a los autos en este acto. En este estado el Tribunal deja expresa constancia de la INCOMPARECENCIA de la parte actora ciudadana ELOISA DEL CARMEN SUBERO, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión dada firmada y sellada en la sede del despacho en Caracas, a los (11) días del mes de enero de 2012, años 201° de la independencia y 152° de la federación, respectivamente.- Cúmplase con lo ordenado.-
EL JUEZ
ABG. DANILO SERRANO
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. JERALDINE GUDIÑO
Se ordena la publicación de la presente decisión en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Gobierno Judicial. Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/., Cúmplase.-
AP21-L-2011-004713
DS/JG
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