REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete 17 de enero de dos mil doce 2012
201º y 152º

ASUNTO: AP21-S-2011-002159

Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 23 de noviembre 2011, por la abogado GABRIELA AREVALO, inscrita en el IPSA, bajo el N° 129.881, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada y la ciudadana MARIA GABRIELA ESPEJO, titular de la cédula de identidad N° 16.356.929, asistido por el abogado NELXANDRO SANCHEZ, inscrito en el inpreabogado bojo el N° 39.341, mediante el cual dejan constancia de haber alcanzado un acuerdo por vía transaccional, a los fines de poner fin a la presente demanda, por la cantidad de TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUATRO BOLIVARES CON VEINTICUATRO CENTIMOS (Bs. F. 31.604,24), este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas a los profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre informático y archivo del expediente. CÚMPLASE

EL JUEZ

EL SECRETARIO

FRANCISCO JAVIER RIO BARRIOS

YORMAN GARCIA MARTINEZ