REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 27 de enero de 2012
201º y 152º
ASUNTO: AP21-S-2011-002350
Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 14 de diciembre 2011, por la ciudadana ANAIS BLANCO, titular de la cédula de identidad N° V – 16.792.974, parte oferida en el presente procedimiento, debidamente asistido por la abogada CLAUDIA ILARRAZA, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 130.059, por una parte y por la otra, el abogado JOHNNY GOMEZ, inscrito en el IPSA, bajo el N° 123.681, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente, mediante el cual dejan constancia de haber alcanzado un acuerdo por vía transaccional, a los fines de poner fin la presente demanda, por la cantidad de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS CENTIMOS, (Bs.F 17.436.26), por todos los conceptos demandados, este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas a los profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION solo en cuanto a materia laboral, dada la competencia por este Tribunal, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Asimismo, se acuerda la certificación de un juego de copias de la transacción y de este auto, las cuales serán certificadas una vez sean consignadas ante la unidad correspondiente - ASI SE ESTABLECE.-
La Juez
El Secretario
. Francisco Javier Río Barrios
. Yorman García Martínez
|