REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo Tercero (43°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas

Caracas, 18 de enero de 2012
201º y 152º

ASUNTO: AP21-L-2011-005760

Vista la transacción presentada en fecha 21 de Diciembre de 2011, suscrita por la parte actora, ciudadano RODOLFO ORTEGA, titular de la cédula de identidad Nº 14.360.412, debidamente asistido por la abogada YLENY DURAN, inscrita en el IPSA Nº 91.732, por una parte y por la otra el abogado ALFREDO GAMEZ, inscrito en el IPSA Nº 5.201, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs.70.000, 00), la cual se realizó un anticipo por la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES CON 00/100 (BS 5.000, 00) mediante cheque Nº 80753429, de la cuenta Nº 01050161071161058559, de fecha 13 de abril de 2009, girado contra el Banco Mercantil, a nombre de RODOLFO ORTEGA FUENTES. Restando un saldo deudor de SESENTA Y CINCO MIL BOLIVARES CON 00/100 (BS 65.000, 00), pagando la primera cuota en fecha 21 de diciembre de 2011, por la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES CON 00/100 (BS. 25.000, 00) mediante cheque Nº 20781692, de la cuenta Nº 01340060150601040159, de fecha 14 de diciembre de 2011, quedando pendiente dos cuotas. La segunda cuota que será cancelada el día 20 de enero de 2012, por la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES CON 00/100 (BS. 25.000, 00) y la tercera cuota será cancelada el 20 de febrero de 2012 por la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES CON 00/100 (BS. 15.000, 00), en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
La Juez
Sady Cardona Moreno


La Secretaria
Mariandrea González