REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, veinte de enero de dos mil doce
201º y 152º
ASUNTO: AP51-V-2011-018061
PARTE ACTORA: LIUBLADO JAVIER GARCIA CAÑIZALEZ, titular de la cédula de identidad Nro V- 11.991.528.
PARTE DEMANDADA: MARÍA ELIZABETH MADRID RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nro V- 11.567.588.
MOTIVO: HOMOLOGACION DE ACUERDO.
Vista el acta que antecede, levantada en esta misma fecha, mediante la cual los ciudadanos LIULBALDO JAVIER GARCIA CAÑIZALEZ y MARÍA ELIZABETH MADRID RAMIREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 11.991.528 y V- 11.567.588 respectivamente, llegaron a un acuerdo en relación al Régimen de Convivencia Familiar a favor de la niña -------; y en razón de ello, acordaron dar cumplimiento al convenio celebrado en fecha 21-02-2011, homologado por el Tribunal Décimo Cuarto de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial.
En mérito de lo expuesto, esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA dicho acuerdo, le imparte su aprobación y lo da por consumado en los mismos términos, fines y condiciones en el contenido. ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, Firmada y Sellada en el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Caracas, a los veinte días del mes de enero de 2012. Años 201° y 152°.
LA JUEZA,
Abg. AIMAR VALENCIA RIZO
EL SECRETARIO,
Abg. IVAN CEDEÑO.
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