REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas 13 de febrero de 2012.
Años 201° y 152°
ASUNTO: AP21-R-2011-001619
Vista la diligencia presentada en fecha 07 de febrero de 2012, por el ciudadano PEDRO LAPREA, inscrito con el IPSA N° 26.264, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el presente asunto, mediante la cual desiste de la apelación interpuesta en fecha 18 de octubre e 2011, contra el auto de admisión de pruebas, de fecha 13.10.2011, dictado por el Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. En consecuencia, esta Alzada HOMOLOGA el desistimiento presentado, en los términos antes expuestos y ordena la remisión del presente asunto al referido Tribunal. Así se decide.
El Juez,
El Secretario,
Abg. Asdrúbal Salazar Hernández
Abg. Oscar Javier Rojas
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