REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 10 de Febrero de dos mil Doce (2012)
201º y 152º

Asunto: AP21-L-20011-004110
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO

En el día de hoy, 10 de febrero de 2012, siendo las 10:00 a.m. día y hora fijada por este Juzgado para que tenga lugar LA AUDIENCIA DE JUICIO en el presente procedimiento, se anunció el acto a las puertas de la Sala de Audiencias del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se deja constancia que se encuentran presentes el abogado NERIO OMAR GARCIA inscrito en el inpreabogado bajo los números: 37.760 en su carácter de apoderado judicial de la parte actora y del abogad CESAR AELLOS Inpreabogado : 35.648 en su carácter de apoderado judicial de la demandada identificada en autos.
En este estado, el Juez declara iniciada la audiencia solicitando a el ciudadano Secretario que informe sobre el motivo de la audiencia, quien informa a viva voz que dicho motivo se encuentra circunscrito a la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano FELIX RAFAEL PEREZ titular de la cedula de identidad numero v- 17.300.881 contra IMPORTACIONES Y PRODUCCIONES ENOLOGICAS C.A identificada en autos.

En este estado, el Juez que preside la presente audiencia otorga a la representación de la parte actora el derecho de palabra quien manifiesta que la parte accionada quien oferta a la parte actor la cantidad de CATORCE MIL TRESCIENTOS SETENTA y OCHO BOLIVARES (Bs.14.378) que se encuentran consignado mediante una oferta real de pago a favor de actor identificada con el numero AP21-S 2011-1458 tramitada ante el Juzgado Segundo de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta circunscripción Judicial y la cantidad de OCHO MIL BOLIVARS(8.000,00) los cuales serán cancelado mediante cheque el día lunes 12 de Febrero por la URRD de este circuito judicial , seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la representación Judicial del la accionada, quien manifiesta que acepta el acuerdo planteado por la demandada por lo que se acuerda libras los correspondientes oficios al el Juzgado de Sustanciación al los fines de que autoricé el retiro de los montos consignados a razón de la oferta real de pago arriba señalada la Concluida las exposiciones de las partes, Visto acuerdo celebrado entre las partes en virtud del presente Juicio cumple con los requisitos exigidos para su validez y eficacia; y dado que la manifestación de voluntades contenidas en la presente acta han sido expuestas ante un Juez del Trabajo, esto es, ante un funcionario competente.
En tal sentido, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la citada norma laboral, este Juzgado Tercero (3º) De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas, acuerda impartirle la HOMOLOGACIÓN en los términos en que ha sido expuesta dejando expresa constancia que cerrara dicho expediente cuando conste en autos el pago arriba señalado y las partes dejen constancia de haber realizado el retiro del monto consignado mediante la oferta real de pago . Así se decide.-
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Tercero (3º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en esta ciudad de Caracas, a los diez (10) días del mes de Febrero de dos mil doce (2012). Año 201º de la Independencia y 152º de la Federación. Publíquese y Regístrese.


Abg. MANUEL ALEJANDRO FUENTES
EL JUEZ

PARTE ACTORA
PARTE DEMANDADA


Abg. CARLOS MENDEZ EL SECRETARIO