REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo
del Área Metropolitana de Caracas
201º y 152º
Caracas, 3 de febrero de 2012
ASUNTO: AP21-L-2011-004237
En el juicio por cobro de prestaciones sociales y otros beneficios laborales incoado por el ciudadano Evert Alcibides Silva, titular de la cedula de identidad Nº 7.460.629, representado judicialmente por los abogados Daniel Ginoble y otros, contra la empresa Bar Restaurant Ferrenquin C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del entonces Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 20 de junio de 1979, bajo el Nº 59, tomo 44-A, representada judicialmente por el abogado Antonio José Medina y otros; el cual recibió este Juzgado por distribución proveniente del Juzgado 44° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo y en fecha 1 de febrero de 2012 se celebró la audiencia de juicio y se dictó el respectivo dispositivo del fallo declarándose desistida la acción, en base a las consideraciones siguientes:

I
El día y hora fijados para la celebración de la Audiencia de Juicio, se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, supuesto que se subsume dentro del previsto en el segundo aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que establece:
“…Si no comparece la parte demandante se entenderá que se desiste de la acción; en este caso, el juez de juicio dictará un auto en forma oral, reduciéndolo a un acta que se agregará al expediente…”.(subrayado añadido por el Tribunal de Juicio)

En razón de lo anterior, resulta forzoso para este Juzgador declarar desistida la acción por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano Evert Alcibides Silva contra la empresa Bar Restaurant Ferrenquin C.A, partes suficientemente identificada a los autos. Así se establece.
II
Dispositivo
Por los razonamientos que anteceden, este Tribunal Quinto (5°) de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Primero: Desistida la Acción por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano Evert Alcibides Silva contra la empresa Bar Restaurant Ferrenquin C.A, partes suficientemente identificada a los autos. Segundo: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. Cúmplase.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los tres (3) días del mes de febrero de dos mil doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
El Juez de Juicio

Oswaldo Rafael Farrera Cordido
El Secretario

Orlando Reinoso
Nota: En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.
El Secretario

Orlando Reinoso

Una (1) pieza.