REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, siete (07) de febrero de dos mil doce (2012)
201º y 152º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-005767
PARTE ACTORA: HUMBERTO PEREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYÒ
PARTE DEMANDADA: COOPERATIVA CONFECCIONES ZAMAR, R.L.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JESUS ENRIQUE DOMINGUEZ OCARIZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy siete (07) de febrero de dos mil doce (2012), siendo las 11:00 A. M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se encuentra presente en este acto el abogado JESUS ENRIQUE DOMINGUEZ, inscrito e el IPSA bajo el No. 73.360, quien representa a la la parte demandada, COOPERATIVA CONFECCIONES ZAMAR, S. R. L., se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadano HUMBERTO PEREZ, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Àrea Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °. En esta misma fecha se publico y diarizò la presente decisión.
EL JUEZ
EL SECRETARIO
ABG. JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ LAMUÑO
ABOG. RONALD ARGUINZONES
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
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