REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de febrero de dos mil doce (2012)
201º y 152º
ASUNTO: AP21-S-2012-000099
Visto el escrito transaccional presentado en fecha 10 de febrero de 2012, por la ciudadana KEILA YANOASELI ACOSTA AULAR titular de la cedula de identidad N° 10.278.509, parte oferida en la presente causa, debidamente asistido por el abogado NOSLEN TOVAR inscrito en el IPSA bajo el N° 112.059, y por la otra parte el abogado JESUS LEOPOLDO inscrito en el IPSA bajo el N° 97.802 mediante la cual las partes celebran acuerdo, y en ese mismo acto la parte oferente paga a la parte oferida la cantidad de UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. F 1.748,88), mediante cheque N° 22022242 girado contra el Banco Banesco a nombre de la ciudadana NEYLA ACOSTA, de fecha 31 de enero de 2012. En consecuencia visto el cumplimiento por la parte oferente, este Tribunal HOMOLOGA EL ACUERDO CELEBRADO POR LAS PARTES, dándole efectos y valor de la Cosa Juzgada. Así mismo, en cuanto a las copias certificadas solicitadas, este Juzgado las acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 21, numeral 3° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, instando a la parte interesada, a consignar los fotostatos correspondientes para su certificación por secretaría, así como también se da por terminada la presente causa, se ordena el cierre informático y su archivo definitivo. Así se establece.-
La Juez
Leticia Morales Velásquez
El Secretario
Hector Rodriguez
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