CUARENTA Y CUATRO (44)
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo (20) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, tres de febrero de dos mil doce
201º y 152º
ASUNTO : AP21-L-2011-006474

Visto el escrito de TRANSACCION presentado en fecha 01 de febrero de 2012, por la empresa INTEGRA FARMACEUTICA LA SOLANO, C.A., representada por su apoderada judicial abogada MARIA FRANCIA ARANA Ipsa. 93.400 por una parte y por la otra el ciudadano JESUS ENRIQUE GOMEZ Ipsa N° 26.992, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MORAYMA MARIA SANTANA FERNANDEZ, parte actora en el presente juicio. Este Juzgador después de revisar exhaustivamente el escrito y comprobando que el mismo cumple con los requisitos exigidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, al no vulnerar derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, luego de hacerse recíprocas concesiones las partes, convinieron en que la parte demandada paga a la ciudadana MORAYMA MARIA SANTANA FERNANDEZ, la cantidad de CUARENTA Y NUEVE MIL BOLÍVARES (BS. 49.000,OO); por todos y cada uno de los conceptos que se especifican en el documento transaccional este Tribunal Vigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la empresa INTEGRA FARMACEUTICA LA SOLANO, C.A.,. y la ciudadana MORAYMA MARIA SANTANA FERNANDEZ,. Asimismo, se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo del expediente.-

El Juez

La Secretaria

Abg. Miguel Yilales Zurita


Abg. Marylent Lunar