REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés de febrero dos mil doce
201º y 152º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-001618
PARTE ACTORA: CARMEN MIGUELINA GARCÍA
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: RICARDO NAVARRO, GUSTAVO NAVARRO, BETSABETH CHAVARRI y OTROS
PARTE DEMANDADA: IMAGE STUDIO II 080299 C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JESÚS VILORIA
MOTIVO: DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 23 de febrero de 2012 día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia de la parte Actora CARMEN MIGUELINA GARCÍA, cédula de identidad N°-V-10.479.391, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia del abogado KARL CHURION, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°44.993, acreditación que consta en autos en su carácter de apoderado judicial de la parte Demandada IMAGE STUDIO II 080299 C.A. Finalmente, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 201° y 152°
La Juez
Abog. Mariela de Jesús Morales Soto
El Secretario
Abg. Nelly Bolívar
Apoderado Judicial de la parte Demandada
Se deja constancia que en el día de hoy veintitrés de febrero de dos mil doce, se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
El Secretario
Abg. Nelly Bolívar
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