REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 28 de Febrero de 2012
201º y 153º

ASUNTO: AP11-V-2012-000005
Por recibido el presente expediente, proveniente del Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante oficio Nº. 2011/3700, contentivo del juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, incoado por el BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA POPULAR, S.A., contra los ciudadanos EDGAR JOSE VILLORIA e INES JIMENES DE VILLORIA, constante de una (01) pieza de cincuenta y un (51) folios útiles, este Tribunal le da entrada y acuerda anotarlo en el libro respectivo.
Vista la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 06 de diciembre de 2011, en la que se declara incompetente por la materia y declina la competencia en este Órgano Jurisdiccional, este Juzgador por las razones expuestas acepta la competencia para conocer este asunto.
EL JUEZ,

Abg. LUIS ERNESTO GÓMEZ SAEZ.
LA SECRETARIA,

Abg. JENNY GONZALEZ FRANQUIS.
En esta misma fecha, siendo las , previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA,

Abg. JENNY GONZALEZ FRANQUIS.
ASUNTO: AP11-V-2012-000005
LEGS/JGF/Frederick López B.-