REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 29 DE FEBRERO DE 2012.-
Años 201° Y 152°

Visto que el presente expediente se ordenó su remisión al Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, bajo el oficio Nº 2012-A-0042, y en virtud que el mencionado oficio se cometió un error involuntario en cuanto lo que se refiere a la cantidad de folios que conforman la presente causa. Este Tribunal deja sin efecto el oficio Nº 2012-A-0042, y ordena librar uno nuevo corrigiendo así el error cometido. Una vez subsanado sea remitido al Juzgado A quo. Líbrese el correspondiente oficio.
EL JUEZ,

Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO,

Abg. RICHARS MATA.



VGJ/RM/kl
Exp: 10165





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 29 DE FEBRERO DE 2012.-
Años 201° Y 152°

OFICIO Nº 2012-A-
CIUDADANO:
JUEZ SEXTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado con el numero 10165, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por Desalojo sigue Nelly Buloz Elias, contra la sociedad mercantil Magnos Gim, C.A constante de una (01) pieza de doscientos setenta (270) folios útiles.-
Remisión que se le hace a usted, en virtud de haberse declarado firme sentencia dictada en fecha 19 de diciembre de 2011.-
EL JUEZ,

Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VGJ/RM/kl
Exp: 10165