Vista la diligencia de fecha 27 de febrero de 2012, suscrita por el abogado JULIO GALEA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 33.897, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual desiste del procedimiento incoado en contra de la ciudadana ELISA RAZZAK SCARPONE por Cobro de Bolívares, este Tribunal en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, homologa dicho desistimiento en los términos expuestos, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Asimismo se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en fecha 22 de noviembre de 2011. CUMPLASE.
EL JUEZ,
DR. JOSE EMILIO CARTAÑA ISACH

LA SECRETARIA,
ABG. IVONNE M. CONTRERAS R.,


JECI/IMCR/Amyra-