REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA MARÍTIMO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA MARÍTIMO CON COMPETENCIA
NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS.-
Caracas, 13 de febrero de 2012
Años: 201º y 152º

Visto el escrito presentado en fecha diez (10) de febrero de 2012 por el cual la abogada LILIANA COROMOTO LEÓN CORDERO, titular de la cédula de identidad No. 12.726.781, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 119.537, apoderada judicial de la sociedad mercantil CVA EMPRESA COMERCIALIZADORA DE INSUMOS Y SERVICIOS AGRÍCOLAS, S.A., apeló única y exclusivamente en lo relativo a la constitución de la caución o garantía ordenada por el Tribunal; este Tribunal oye la apelación en un solo efecto de conformidad con lo establecido en el artículo 291 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 7 del Decreto con Fuerza de Ley del Procedimiento Marítimo.
Ahora bien, a los fines de librar las copias certificadas para remitir la apelación, la parte apelante deberá indicar con precisión los fotostatos correspondientes. Es todo.-
EL JUEZ

MARCOS DE ARMAS ARQUETA
EL SECRETARIO

LUIS FELIPE DUGARTE


MMAA/lfd/yo.-
EXP Nº: 2012-000436
Cuaderno de Medidas