ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-005659
REYNALDO ARANGUIBEL SOUSA.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: REYNALDO ARANGUIBEL SOUSA.
PARTE DEMANDADA: FEDERAL EXPRESS C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE DE OLIVEIRA PAREJO.
MOTIVO: ENFERMEDAD OCUPACIONAL.
Hoy, veintiocho (28) de febrero de 2012 siendo las 10:00 a.m día y hora fijado para que tenga lugar la audiencia preliminar en la presente causa, anunciada como fue la misma, éste Juzgado deja constancia de la comparecencia de los ciudadanos MARIA EUGENIA GONZALEZ Y BEGDALIA BASTIDAS, abogados en ejercicio, inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nos. 120.161 y 168.629, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte demandante ciudadano REYNALDO ARANGUIBEL SOUSA, titular se la Cédula de Identidad N°16.034.119, quien se encuentra presente en ésta audiencia. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia del ciudadano JOSE DE OLIVEIRA PAREJO, abogado en ejercicio inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 10.587, en su condición de apoderado judicial de la demandada FEDERAL EXPRESS HOLDINGS S.A., caracteres que constan plenamente en instrumento poder que consignó a los autos la representación judicial de la parte actora y en dos (2) instrumentos poder en copia que consigna en éste mismo acto la representación judicial de la parte demandada para ser agregadas. Asimismo, se deja constancia que la representación judicial de la parte actora consigna en éste mismo acto escrito de pruebas constante de tres (03) folios y su vuelto sin anexos. Igualmente, se deja constancia que la representación judicial de la parte demandada, consigna en éste mismo acto escrito de pruebas constante de cinco (05) folios y diez (10) anexos marcados con los números correlativos desde el 1 hasta el 10, ambos inclusive, dándose así inicio a la audiencia preliminar. En éste estado la parte actora ciudadano REYNALDO ARANGUIBEL SOUSA, suficientemente identificado al inicio del acta, debidamente asistido por sus apoderadas judiciales MARIA EUGENIA GONZALEZ Y BEGDALIA BASTIDAS, libre de apremio y coacción expone: “Desisto del presente procedimiento y me reservo la oportunidad de intentar una nueva demanda si así lo considerase conveniente, asimismo solicito que se homologue el desistimiento y se me devuelva mi escrito de pruebas consignado en éste mismo acto. Es todo.- En este estado, la representación judicial de la demandada expone: “Acepto el desistimiento formulado por la parte actora en éste acto en los términos expuestos y solicito la homologación del mismo y me sean devueltos los elementos probatorios consignados en el día de hoy. Es todo.- este Tribunal Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, visto el desistimiento formulado por el ciudadano REYNALDO ARANGUIBEL SOUSA del presente procedimiento por Enfermedad Ocupacional quien manifiesta proceder para éste acto en forma voluntaria y por cuanto ello no vulnera sus derechos como trabajador ni normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los mismos términos expuestos dándole efectos de Cosa Juzgada, conforme al artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 10 y 11 de su Reglamento. En éste mismo acto se hace devolución de los escritos de pruebas y anexos a las partes. Se acuerda expedir dos (02) copias de la presente acta para ser entregadas a las partes presentes. Asimismo, se deja constancia que una vez vencido el lapso de impugnación de ésta decisión, este Juzgado dará por terminado el presente juicio y ordenará el archivo definitivo del expediente.
Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman:
La Juez
Dra. Aura María Trenard A.
El Secretario (a)
Abog. Nelly Bolivar
Los Comparecientes a la Audiencia Preliminar
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