ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-005347
PARTE ACTORA: ALBERTO BELLO OMAÑA.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO FAJARDO.
PARTE DEMANDADA: PROYECTO PALACIOS C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS GERARDO HERNANDEZ.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, veintinueve (29) de febrero de 2012 siendo la 1:30 p.m día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de audiencia preliminar en la presente causa, anunciada como fue la misma, éste Juzgado deja constancia de la comparecencia del ciudadano JOSE GREGORIO FAJARDO, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 95.909, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano ALBERTO BELLO OMAÑA, titular de la Cédula de Identidad N° 13.142.788, quien se encuentra presente en ésta audiencia. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia del ciudadano LUIS GERARDO HERNANDEZ, abogado en ejercicio inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 27.040, en su condición de apoderado judicial de la demandada PROYECTOS PALACIOS C.A., caracteres que constan plenamente en instrumento poder que consignó a los autos la representación judicial de la parte actora y en instrumento poder en copia certificada consignado por la representación judicial de la parte demandada, dándose así inicio a la prolongación de audiencia preliminar. En este estado la representación judicial de la parte demandada expone: “Con el animo de dar por terminado el presente juicio mi representada ofrece pagar a la parte actora la cantidad de VEINTIOCHO MIL BOLIVARES (Bs.28.000,00), en dos (02) pagos en cheque a su nombre, el primero de ellos para el día lunes 05 de marzo de 2012 y el segundo pago para el día 26 de marzo de 2012, dichos pagos por la cantidad de CATORCE MIL (Bs.14.000,00), cada uno, ambos por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) durante las horas de despacho de éste Circuito Judicial del Trabajo, dicho pago incluye todos los conceptos laborales reclamados, tales como: Antigüedad Acumulada y Fraccionada, Utilidades Fraccionadas 2011, Diferencia de Vacaciones y de Bono Vacacional periodo 2009-2010, Vacaciones Fraccionadas periodo 2010-2011, Bono Vacacional Fraccionado 2011, Intereses sobre la Prestación de Antigüedad, Horas Extraordinarias, Diferencia de Bono Nocturno”. En este estado la parte actora presente ciudadano ALBERTO BELLO OMAÑA, identificado suficientemente en el encabezado del acta libre de todo apremio y coacción y con conocimiento del alcance y efectos de la presente transacción, debidamente asistido de abogado de su confianza JOSE GREGORIO FAJARDO, expone: “Acepto celebrar una transacción judicial en los mismos términos expuestos por la representación judicial de la parte demandada y declaro que nada más tengo que reclamarle a la demandada PROYECTOS PALACIOS C.A. por estos conceptos laborales reclamados ni por ningún otro concepto relacionado directa o indirectamente de la relación laboral que me unió con la demandada.” Asimismo, este Tribunal Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de conciliación ha sido positiva, respecto del extrabajador ALBERTO BELLO OMAÑA, y por cuanto el presente acuerdo no vulnera sus derechos como extrabajador ni normas de orden público, y verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte demandada para transigir en el presente juicio, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, conforme al artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 10 y 11 de su Reglamento. Asimismo, éste Juzgado deja expresa constancia que una vez conste en autos prueba fehaciente que la parte demandada ha dado cumplimiento total al presente acuerdo, se dará por terminado el presente proceso y se ordenará el archivo definitivo del expediente. Se acuerdan dos (02) copias de la presente acta para ser entregadas a las partes presentes. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman:



La Juez
Dra. Aura María Trenard A.


El Secretario (a)
Abog. Héctor Mujíca



Los Comparecientes a la Prolongación de la Audiencia