REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Séptimo (27) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve (29) de febrero de dos mil doce (2012)
201º y 152º
ASUNTO: AP21-S-2012-000219
PARTE OFERENTE: MANHATTAN DE VENEZUELA S.A.
PARTE OFERIDA: JOSEFINA QUINTERO.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Visto el escrito de Transacción que antecede, presentado y suscrito por la ciudadana JOSEFINA QUINTERO, titular de la Cédula de Identidad N° 7.983.067, parte oferida por una parte, debidamente asistido por el abogado en ejercicio EUGENIO GAMBOA, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.212, por una parte, y por la otra el ciudadano JESUS ANTONIO LEOPOLDO, apoderado judicial de la parte oferente MANHATTAN DE VENEZUELA S.A., parte oferente, este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 45.000,00), de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión y por cuanto consta en autos el pago acordado por las partes, se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial. Por último se deja constancia que el monto ofertado en la presente solicitud fue de Bs. 12.800,84. - Así se establece.-
La Juez
Abg. Aura María Trenard
El Secretario (a)
Héctor Mujica
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