Tribunal Vigésimo Noveno (29°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete (17) de febrero de dos mil doce (2012)
201° y 151º

ASUNTO: AP21-S-2012-000268


Vista la diligencia presentada por la parte actora NINEL GUERRERO, titular de la C.I. N° 8.317.758, asistida por el abogado ALEJANDRO GARCIA, IPSA N° 35.841, en fecha 30 de Enero de 2011, en la cual desiste del procedimiento por Calificación de Despido incoado contra la empresa C.A.N.T.V., estando el proceso en etapa de Sustanciación, este juzgado HOMOLOGA el desistimiento realizado, en los términos expuestos según lo establecido en los artículos 11 y 130 parágrafo primero de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y 263 del Código de Procedimiento Civil, por lo que pasados 5 días hábiles se ordenará el cierre y archivo del expediente. Así se establece.



El Juez

Secretaria

Abog. Gilberto Alfaro

Abog. Yamilet Eduard