REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintisiete (27) de febrero de dos mil doce (2012)
201º y 153º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-006072
PARTE ACTORA: NATACHA VERONICA ABREU PAYARES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: TELECOMUNICACIONES MOVILNET CA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DESIREE BRITO
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy veintisiete de febrero de dos mil doce, siendo las 11:21 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja cosntancia de la comparecencia de la parte demandada TELECOMUNICACIONES MOVILNET, C.A., en la persona de la ciudadana DESIREE BRITO, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el N° 123.073, apoderada judicial de la empresa accionada, carácter el suyo que consta de instrumento poder el cual es consignado en este acto en copias simples de ocho folios, previa la presentación de su original ad efectum videndi; así mismo, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 201 °.

El Juez

Abg. Juan Carlos Medina


La apoderada de la parte demandada




El Secretario