REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


En su nombre
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMRA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
201° y 153°
ASUNTO: AP51-V-2010-020146
Motivo: Revisión de Obligación de Manutención.
Demandante: Emilia Andrea Puerta, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-13.266.262.
Abogado Asistente: Luís Enrique Torres Charry, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 69.139.
Demandado: Joel Jesús Ortiz, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-11.917.616.
Niño y/o Adolescente: (Se omiten datos por disposición de la Ley)
Se inicia la presente acción por demanda de Revisión presentada por la ciudadana Emilia Andrea Puerta, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-13.266.262, debidamente asistida por la abogada Marlene Gallardo, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 63.776. Ahora bien, vista la diligencia de fecha 13/02/2011, presentada por la referida ciudadana asistida en esta oportunidad por el abogado Luís Enrique Torres Charry, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 69.139, mediante la cual consigna copia certificada del Acta de Defunción de la parte demandada ciudadano Joel Jesús Ortiz Sánchez, titular de la cédula de identidad Nº 11.917.616, expedida por la Dirección de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Vargas del Estado Miranda, signada con el Nº 103, de fecha 05 de Febrero de 2012; donde se evidencia el fallecimiento del referido ciudadano, y por encontrarse el presente caso contemplado en el articulo 383 literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley, da por extinguido la obligación y en consecuencia el presente procedimiento por las razones supra indicadas; y así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, y Nacional de Adopción Internacional, a los veinticuatro días del mes de Febrero de dos mil doce. Año 201° de la Independencia y 153° de la Federación.
El Juez,
Emilio Ruiz Guía
La Secretaria,
Luisa Oliveros.

En la misma fecha y hora se publicó la anterior Sentencia.
La Secretaria,
Luisa Oliveros.
AP51-V-2010-020146.

Jesus Ortiz.