REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En su nombre
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL.
201° y 152°
Asunto: AP51-V-2011-010629
Cumplidos los trámites de sustanciación y siendo la oportunidad para decidir, lo hace ésta Sala y se declara “vistos” por el juez Emilio Ruiz Guía.
Motivo: Impugnación de Reconocimiento
Parte Actora: Miguel Angel Nieto Torres, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° ° V-14.992.780.
Abogados Asistente de la Parte Actora: Ivan José Guadarrama Bello, Abogado Inscrito en el Inpreabogado N° 89.243.
Parte Demandada: Carlos Andrés Mujica Salazar y Yennymar Josefina Padilla Guevara, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad N° V-6.077.932 y V-15.701.744 respectivamente.
Abogado Asistente: No Constituyó.
Representante del Ministerio Público: Asiul Haiti Agostini, Fiscal Centésima Octava (108°) del Ministerio Público.
Niños y/o Adolescent1es: se omiten datos de conformidad con la Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes.
Recibido del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de éste Circuito Judicial, se le dio entrada en fecha 09/06/2011 y se fijó la audiencia de juicio por auto de fecha 05 de Diciembre de 2011, para el 06 de febrero de 2012 a las diez de la mañana (10:00 am).
Se inicia el presente juicio mediante demanda de Impugnación de Reconocimiento incoada por el ciudadano Miguel Angel Nieto Torres, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° ° V-14.992.780, contra los ciudadanos Carlos Andrés Mujica Salazar y Yennymar Josefina Padilla Guevara, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.077.932 y V-15.701.744 respectivamente, a favor de la niña se omiten datos de conformidad con la Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes

Se dio inicio a la audiencia de juicio tal como fue fijada para el 06/02/2012, a las horas 10:00 a.m. Presente el ciudadano Juez, deja constancia de la comparecencia de la parte actora Miguel Angel Nieto Torres, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° ° V-14.992.780, debidamente asistido de Abogado Ivan José Guadarrama Bello, Abogado Inscrito en el Inpreabogado N° 89.243, y por la parte demandada compareció los ciudadanos Carlos Andrés Mujica Salazar y Yennymar Josefina Padilla Guevara, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad N° V-6.077.932 y V-15.701.744 respectivamente, sin estar asistidos de abogado.
La actora de viva voz expuso sus alegatos para lo cual evacuó:
1) Acta de Nacimiento N° 3819, de fecha 11 de abril de 2007, registrada por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Bolivariano Libertador, Distrito Capital, correspondiente a la niña se omiten datos de conformidad con la Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes, el cual se le otorga pleno valor probatorio en el sentido de que no consta relación paterno-filial, de conformidad con lo establecido en el Literal K, del Artículo 450 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y así se decide.
2) Promueve el Informe de Filiación Biológica (Prueba Heredo-biológica) elaborado por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Laboratorio de Identificación Genética el cual se encuentra inserto en el folio cincuenta y siete (57) del asunto signado con el N° AP51-V-2011-010629; el cual demuestra de que no hay exclusión entre el padre demandante y la niña; y así se declara.
La demandada, manifestó no tener ningún impedimento a la presente demanda. En fuerza de todo lo anterior, este Tribunal Primero de Juicio de Primera Instancia de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la ley, declara con lugar la demanda de Impugnación de Reconocimiento, incoada por el ciudadano Miguel Angel Nieto Torres, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° ° V-14.992.780, contra los ciudadanos Carlos Andrés Mujica Salazar y Yennymar Josefina Padilla Guevara, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad N° V-6.077.932 y V-15.701.744 respectivamente, a favor de la niña se omiten datos de conformidad con la Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en virtud que se demostró los hechos que se subsumen en el artículo 25 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente en concordancia con los artículos 221, 226, 230 y 210 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia, se declara la paternidad del ciudadano Miguel Angel Nieto Torres, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° ° V-14.992.780, con respecto a su hija biológica se omiten datos de conformidad con la Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes. Ahora bien, por efecto del presente fallo, se ordena la rectificación del Acta de Nacimiento N° 3819, de fecha 11 de abril de 2007, registrada por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Bolivariano Libertador, Distrito Capital, correspondiente a la partida de nacimiento de la niña se omiten datos de conformidad con la Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en el sentido que se estampe nota marginal dejando sin efecto la declaración del ciudadano Carlos Andrés Mujica como padre de la niña y dejando constancia sobre la paternidad de Miguel Angel Nieto Torres, que aquí se establece; y así se decide.
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmado y sellado, en la sala de audiencias del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los siete días del mes de febrero de dos mil doce. Año 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
El Juez,
Emilio Ruiz Guía.
La Secretaria,
Luisa Oliveros.
En la misma fecha y hora se publicó la anterior Sentencia.
La Secretaria,
Luisa Oliveros.
AP51-V-2011-010629
Filiación
ERG/LO/RG