REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio
201° y 152°
ASUNTO: AP51-V-2009-006654
PARTE DEMANDANTE: ALBERTINA LAM NG DE VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.872.195.
APODERADO JUCIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: ANA MERCEDES PULIDO, abogado en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 87.492.
PARTE DEMANDADA: RAFAEL NAPOLEÓN VILLEGAS PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.211.364.
APODERADO JUCIAL DE LA PARTE DEMANDADA: FREDDY SUAREZ MONCADA, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 12.638.
NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE: (SE OMITEN DATOS CONFORME AL ART. 65 DE LA LOPNNA).
MOTIVO: FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto contentivo de la demanda de Fijación de Obligación de Manutención, signada bajo la nomenclatura Nº AP51-V-2009-006654, presentada por la ciudadana ALBERTINA LAM NG DE VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.872.195, debidamente asistida por la Abogado ANA MERCEDES PULIDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 87.492, contra el ciudadano RAFAEL NAPOLEÓN VILLEGAS PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.211.364, actuando en su propio nombre y representación, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 144.604 y visto el escrito presentado en fecha 08/02/2012, por el ciudadano RAFAEL NAPOLEÓN VILLEGAS PARRA, cursante a los folios 65 y 66 de la pieza IV, mediante el cual manifestó “… DESISTO DEL RECURSO DE APELACIÓN DE FECHA 27/07/2011 ..”, en consecuencia, este Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO, teniéndose como sentencia pasada por autoridad de cosa juzgada, igualmente, se ordena la remisión del presente asunto al Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Mediación y Sustanciación a fin de seguir el curso del mismo. Cúmplase lo ordenado.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dado, firmado y sellado por el Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los trece (13) días del mes de Febrero de Dos Mil Doce (2012). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
LA JUEZ,
BETILDE ARAQUE GRANADILLO
LA SECRETARIA,
SORAYA ANDRADE
En esta misma fecha y previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, déjese copia de la misma en el copiador de sentencias de este Tribunal, dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA,
SORAYA ANDRADE
AP51-V-2009-006654
Obligación de Manutención
BAG/SA/Michelangela.-
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