REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Caracas, veinticinco (25) de febrero de dos mil once (2011).
200º y 152º
ASUNTO: AP51-J-2011-001313

Vistas las actas procesales que conforman el presente asunto, en especial el acta que antecede de esta misma fecha, en la cual se evidencia que no comparecieron los ciudadanos FRANCISCO TORTORELLA FERMIN y ADRIANA TORRES NIEVES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.965.305 y V-11.308.950, respectivamente, a objeto que consignaran documentos originales o copias certificadas que acrediten la propiedad de los bienes señalados en el escrito de solicitud, así como también del auto de ejecución de la sentencia de divorcio; este Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 514 de la Reforma Parcial de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA EXTINGUIDO el procedimiento de la solicitud de homologación de Convenimiento de Instituciones Familiares y de Liquidación de los Bienes de la Comunidad Conyugal. A tal efecto, se le hace de su conocimiento a la parte solicitante, que podrá intentar nuevamente la solicitud, transcurrido un (01) mes, contados a partir del día siguiente al de hoy. Así se Decide.
LA JUEZA,

Abg. ROSA CARABALLO.
LA SECRETARIA,

Abg. KARINA BORREGO.
RC/KB/YG