REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia
de Mediación, Sustanciación,
de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 02 de Febrero de 2012
201º y 152º

ASUNTO: AP51-S-2005-004570
MOTIVO: Colocación en Entidad de Atención (Cierre y Archivo por mayoridad)
DEMANDANTE: Unidad de Trabajo Social del Hospital Pérez de León

Por cuanto en sesión de fecha 20 de mayo de 2011, la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, mediante oficio N° CJ-11-1388, de fecha 24 de marzo de 2011, fui designada Jueza Provisoria del Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, me ABOCO, al conocimiento de la presente causa, en el estado en que se encuentra, a los fines de realizar los tramites pertinentes en la misma. Ahora bien, revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto éste Tribunal observa que riela inserto al folio número tres (03) del presente expediente, Informe Integral realizado por la Unidad de Trabajo Social del Hospital Pérez de León en fecha 20/08/2001, en la cual se constata que el ciudadano JOSÉ GREGORIO LÓPEZ CHÁVEZ, alcanzó la mayoría de edad en fecha ocho (08) de Noviembre del año dos mil once (2011); con lo cual ya no está sujeto a protección por parte de éste Tribunal; en consecuencia, esta Jueza Octava (8°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, REVOCA LA MEDIDA PROVISIONAL DE COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN decretada por la extinta Sala de Juicio N° 10 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial y DECLARA TERMINADO el presente asunto, y ordena el cierre del expediente y su Desincorporación del Archivo Sede de este Circuito Judicial de Protección. ASÍ SE DECIDE
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dada firmada y sellada en el Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Caracas, a los dos (02) días del mes de Febrero del año dos mil doce (2012). Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.-
LA JUEZA,
LA SECRETARIA
ABG. JOOCMAR OVIEDO CONTRERAS.
ABG. MARÍA VIOLETA MÁRQUEZ.
En esta misma fecha y previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, déjese copia de la misma en el copiador de sentencias de este Tribunal, dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA,

Abg. MARÍA VIOLETA MÁRQUEZ.
JOC/MM/Oriana Carrera.-
AP51-S-2005-004570