REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 15 de Febrero de 2012
201º y 152º
ASUNTO AP51-V-2001-000405
PARTE ACTORA: SOLSIRE DEL CARMEN MARCANO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-10.375.764
PARTE DEMANDADA: MIGUEL ANGEL ROJAS CASTELLANOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 10.383.498
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto y en especial la diligencia que antecede, de fecha 13/02/2012, suscrita por el ciudadano MIGUEL ANGEL ROJAS CASTELLANOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 10.383.498, y la ciudadana YASNEIDY DOLERIS ROJAS MARCANO, titular de la cedula de identidad N° V- 21.115.599, en su carácter de hija del ciudadano anteriormente señalado, ambos debidamente asistidos por el Abogado ISMAEL ARRAIZ TABLERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 134.472, mediante la cual manifiestan su deseo de que sea levantada la medida dictada por la extinta Sala de Juicio XII, que pesa sobre las prestaciones sociales del obligado alimentario, ciudadano MIGUEL ANGEL ROJAS CASTELLANOS, plenamente identificado en autos; este Tribunal a los fines de resolver observa: en la referida diligencia, el ciudadano anteriormente señalado indicó:
“(…) ocurro ante su competente autoridad, a los fines de exponer y solicitar muy respetuosamente que sea revisada para su levantamiento, por EXTINSION la Medida de Obligación Alimentaria, decretada por Auto de fecha 05 de mayo de 2011, por la antigua Sala de Juicio N° 12 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y por ende la Medida de Embargo Preventivo, que pesa sobre mis Prestaciones Sociales, en virtud de que en fecha: 31 de Mayo de 2011, me fue concedido el beneficio de Jubilación, según consta en el oficio N° ORRHH N° 14147 de fecha 31 de Mayo de 2011, y Resolución N° 142, de la misma fecha, emanados del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia; de conformidad con lo establecido en el articulo 383, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (…) ” (resaltado de este tribunal).
Igualmente señaló la joven YASNEIDY DOLERIS ROJAS MARCANO, ut supra identificada, en su carácter de beneficiaria alimentaria, su deseo por mutuo consentimiento con su padre, que se le sea levantada la Medida de Embargo Preventivo, sobre sus prestaciones sociales, en virtud de su mayoría de edad.
DISPOSITIVO
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo en los mismos términos, fines y condiciones expuestos por las partes. En consecuencia, se le imparte su aprobación en los mismos términos en ella expuestos, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo cual se ordena LEVANTAR LA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, que pesa sobre las Prestaciones Sociales que les correspondan al ciudadano MIGUEL ANGEL ROJAS CASTELLANOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 10.383.498; por lo cual se ordena librar oficio a la Dirección de Recursos Humanos, Alcaldía Mayor (antigua Comandancia General de la Policía Metropolitana), a los fines de comunicarle lo aquí ordenado. PUBLIQUESE y REGISTRESE
Dada, Firmada y Sellada en el Despacho del Juez del Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, al quince (15) del mes de Febrero del año dos mil doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL
ABG. MARY LOURDES ROMERO LUNA
LA SECRETARIA
ABG. ADRIANA MIRELES
MLRL/AM/Brey*
|