REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 11 de julio de 2012.
Años 201° y 152°

ASUNTO: AP21-R-2012-000944
PRINCIPAL: AP21-L-2011-005495

Vista la diligencia presentada en fecha 04 de julio de 2012, por la ciudadana DALYS DE JESÚS AMPARAN MORENO, debidamente asistida por la abogado MECDA GUTIERREZ en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, y por la parte demandada, el abogado JUAN ÁVILA, mediante la cual proceden a presentar transacción en la presente causa. Efectuada de igual manera la revisión de los instrumentos poderes que cursan a los autos en los cuales consta la facultad expresa para transigir de los prenombrados apoderados e igualmente efectuada la revisión de la transacción presentada la cual cumple con los parámetros del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, es por lo que, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas imparte la HOMOLOGACIÓN respectiva y ordena la remisión del asunto al Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo a los fines legales consiguientes.


EL JUEZ,

ASDRÚBAL SALAZAR HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA,

EVA COTES