REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 17 de julio de 2012
201° y 152°
ASUNTO: AP21-R-2012-001032
PRINCIPAL: AP21-L-2011-003430
En el juicio que por reclamación de prestaciones sociales y demás créditos derivados de la prestación de servicios, sigue, GONZALO LARES CACERES, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 6.230.495, representado por los abogados, FREDDY ALBERTO ALVAREZ BERNEE y GABRIELA DIAZ, inscritos en el IPSA, bajo los números: 10.040 y 111.337; contra la firma mercantil, de este domicilio, GLOBAL GUARDS, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estadio Miranda, en fecha 29 de mayo de 1975, bajo el N° 33, tomo 67-A, representada por el abogado ALEXIS AGUIRRE, inscrito en el IPSA, bajo el N° 57.540.; el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial, en fecha once (11) de junio de dos mil doce (2012), dictó su fallo definitivo por el cual declaró parcialmente con lugar la demanda.
Contra dicho fallo ejerció recurso de apelación la parte demandada, por lo cual subieron las actuaciones a este Juzgado Superior, que por auto del 27 de junio de 2012, las dio por recibidas, fijando para el martes diecisiete (17) de julio de 2012, la celebración de la audiencia oral y pública.
Celebrada la referido audiencia, la parte demandada recurrente no compareció a la misma, por lo cual el tribunal declaró desistido el recurso de apelación por esta interpuesto, confirmando en consecuencia el fallo recurrido, y se ordena la remisión del expediente al Juzgado Vigésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial a los fines legales consiguientes. Se imponen las costas del recurso a la parte demandada recurrente, dado el desistimiento del mismo.
En fuerza de lo expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISITIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial de fecha 11 de junio de 2012, la cual queda confirmada en todas sus partes. SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por GONZALO LARES CACERES, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 6.230.495, contra la firma mercantil, de este domicilio, GLOBAL GUARDS, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estadio Miranda, en fecha 29 de mayo de 1975, bajo el N° 33, tomo 67-A. Se imponen las costas del recurso a la parte demandada en razón del desistimiento del mismo. Remítase el expediente al Juzgado Vigésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial.
Regístrese y publíquese. Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los diecisiete (17) días del mes de julio de dos mil doce (2012). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
El Juez,
ASDRÚBAL SALAZAR HERNANDEZ
La Secretaria,
EVA COTES
En la misma fecha, diecisiete (17) de julio de dos mil doce (12) se registró y publicó la anterior decisión, previa las formalidades de ley, en horas de despacho.
La Secretaria,
EVA COTES
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