ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-002184
PARTE ACTORA: ALEX DENIS DE JESUS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANTONIO DENIS DE JESUS, FROYLAN FRANCISCO GUZMAN RODRIGUEZ
PARTE DEMANDADA: GRUPO PROFESIONAL DE SEGURIDAD, C.A. (GPS, C.A.)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GILBERTO JORGE
MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy veinticinco (25) de julio de dos mil doce (2012) , siendo las 11:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de la comparecencia de los abogados GILBERTO JORGE y GABRIELA LONGO, Inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros 79.081 y 130.518, respectivamente, apoderados judiciales de la parte demandada GRUPO PROFESIONAL DE SEGURIDAD, C.A. (GPS, C.A.), igualmente, se deja constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Ańos 153 ° y 202 °.
La Juez
El Secretario
Abg. Omaira Alejandra Uranga
Abg. Antonio Boccia
Apoderados Judiciales de la parte demandada
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