REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiséis (26) de julio de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: AP21-L-2012-002201
Visto el escrito presentado por la ciudadana ROSA ALVAREZ, abogada en ejercicio, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 150.753, actuando en su propio nombre de representación como parte actora, mediante el cual Desiste de la demanda, y en consecuencia del procedimiento que haya incoado contra el Instituto Nacional de Turismo (INATUR), por cobro de prestaciones sociales y pasivos laborales, encontrándose la misma en etapa del lapso de comparecencia a la audiencia preliminar, este Juzgado establece que:
De conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, establece:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella.
El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad de consentimiento de la parte contraria”
“El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es irrevocable, aun antes de la homologación del Tribunal.
En consecuencia, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con el artículo 263 y siguientes por aplicación analógica del 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo le imparte la homologación, otorgándole autoridad de Cosa Juzgada al desistimiento realizado por la parte actora del presente Procedimiento y da por Terminado el Proceso. Se le advierte a la parte que una vez vencido el lapso de hacer uso de los recursos este Tribunal ordenará el archivo del Expediente y el cierre informático del asunto.
La Juez
Abg CAROLINA CHAKIAN MAYARLLAN
La Secretaria
Abg. Mariandrea Gonzalez.