REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho de julio de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO : AP21-S-2012-001175


Visto el escrito transaccional presentado por el ciudadano ANDERSON JAVIER AMAYA TREMATERRA, titular de la cédula de identidad Nro. 17.227.335 en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por el abogado en ejercicio LUIS SANCHEZ, I.P.S.A. Nro. 185.499, y por la otra, la abogada en ejercicio ANDREA DOMINGUEZ , inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 179.455, apoderada judicial de la empresa oferente: GENERACION 7, C.A., según documento poder que riela en autos, en el cual llegan a un acuerdo de Bs. 53.369,28 a cancelar en el mismo acto, este Tribunal por cuanto el acuerdo transaccional no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, fue celebrado por personas debidamente facultadas para ello, contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, y también contiene hechos controvertidos, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.


La Jueza

La Secretaria
Abg. Olga Romero
Abg. Marylent Lunar