REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Octavo (18°) de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticinco (25) de julio del año dos mil doce (2012)
202º y 153º


ASUNTO: AP21-S-2012-001115

Mediante diligencia suscrita el 20 de julio del año 2012, el abogado Francisco Rey, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 123.544, actuando como apoderado judicial de la parte oferente Corporación Digitel, C.A., y estando expresamente facultado para ello, en nombre de su representada desiste del procedimiento de oferta real de pago presentada a favor de la ciudadana Ingri Desiree García Pulido, cédula de identidad Nº 18.791.717. En tal sentido, este Juzgado HOMOLOGA DICHO DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en los términos expuestos, y en consecuencia, se da por terminado el presente asunto. Así se establece.

La Juez,
La Secretaria,
Abg. María Mercedes Millán
Abg. María Veruschka Dávila