REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal 19 de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós (22) de julio de dos mil once (2011).-
200° y 152°

ASUNTO: AP21-S-2011-001333

Visto el escrito Transaccional, presentado por el abogado ANGEL ROJAS, IPSA N° 88.662, asistiendo al ciudadano VALENTIN MARQUEZ, titular de la Cedula de Identidad N° 6.046.342, parte oferida y por la parte oferente el abogado VICTOR LUCENA SALAS, IPSA N° 76.664, constante de cinco (5) folios útiles, mediante la cual dejan constancia del único pago acordado y ambas partes solicitan la homologación del presente asunto, asimismo consignan copia simple del cheque N° 00000065, del Banco Plaza, por la suma de BS. 6.129,63, este Juzgado previa revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Todo en la Oferta Real de Pago incoada por la ASOCIACION CIVIL ALAMEDA PLAZA III, a favor del ciudadano VALENTIN MARQUEZ,

La Juez

El Secretario

Abg. Jhacnini Torres


Abg. Arturo Yaggia