REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 11 de julio de 2012
202º y 153º

ASUNTO Nº AP41-U-2007-000471.- INTERLOCUTORIA Nº 103.-

Vista la diligencia de fecha 10 de julio de 2012, suscrita por la ciudadana Blanca Ledezma, titular de la cédula de identidad Nº 6.841.587 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 42.678, actuando en su carácter de sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República, mediante la cual solicita sea decretada la ejecución del fallo recaído en la presente causa; visto que dicha sentencia se encuentra definitivamente firme según consta en auto de fecha 18 de mayo de 2012, cursante al folio 309, pasada con autoridad de cosa juzgada, este Órgano Jurisdiccional, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 280 del Código Orgánico Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA la ejecución voluntaria de la Sentencia Definitiva Nº 1701, dictada por este Juzgado en fecha 04 de noviembre de 2011, y en consecuencia fija un lapso de diez (10) días de despacho para que la contribuyente “COMUNICACIONES GLOBAL N.R., C.A.”, una vez que conste en autos el resultado positivo de la boleta de notificación que se libre al efecto, y una vez transcurrido el término de la distancia concedido, efectúe el cumplimiento voluntario de dicha sentencia. Líbrese boleta de notificación al representante legal y/o apoderado judicial de la mencionada contribuyente.

Publíquese, regístrese y notifíquese. A los fines de practicar la boleta de notificación dirigida al representante legal de la contribuyente “COMUNICACIONES GLOBAL N.R., C.A.”, se comisiona suficientemente al ciudadano Juez del Municipio Vargas de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas que por Distribución le corresponda.

Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación de la sentencia, el segundo para que repose en original en el respectivo copiador.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los once (11) días del mes de julio del año dos mil doce (2012). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
El Juez Provisorio,

Abg. Javier Sánchez Aullón.- El Secretario Titular,

Abg. Félix José España González.-















ASUNTO Nº AP41-U-2007-000471.-
JSA/marcos.-