JUZGADO SUPERIOR QUINTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, Caracas, seis (06) de julio de dos mil doce (2012).

202º y 153º

En fecha 02 de julio de 2012, el abogado Oscar González Barrios, Inpreabogado Nº 15.797, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana GISMARE DEL VALLE PÉREZ DORDELLY, titular de la cédula de identidad Nº 6.719.806, presentó diligencia mediante la cual se opuso a las pruebas promovidas por la abogada Brismay González, Inpreabogado Nº 130.752, actuando como apoderada judicial del Instituto Autónomo Caja de Trabajo Penitenciario, específicamente a las siguientes pruebas:

Se opone a la prueba documental promovida bajo el numeral 2, consistente al Acta de Asamblea Extraordinaria del Consejo Directivo Nº 001. Alega al efecto que la misma está viciada de nulidad por cuanto carece de las firmas de la Presidenta del Consejo Directivo y de uno de los Vocales.

Se opone a la prueba documental promovida bajo el numeral 3, consistente en el Registro de Asignación de Cargos (RAC). Alega al efecto que dicho instrumento fue derogado por el Registro de Información de Cargos (RIC).

Para decidir al respecto, observa el Tribunal que las oposiciones a las pruebas antes señaladas, están fundamentadas en apreciaciones del mérito y no en los supuestos de impertinencias, inconducencia o ilegalidad, es decir, se trata de la valoración que corresponde a este Juzgado hacerla al momento de decidirse el fondo del asunto debatido, en consecuencia se declaran improcedentes las oposiciones aquí analizadas, y así se decide.


Por los razonamientos que preceden el Tribunal declara SIN LUGAR la oposición que hiciera la parte querellante a las pruebas que promoviera la parte querellada.
EL JUEZ,

ABG. GARY JOSEPH COA LEÓN
LA SECRETARIA,

ABG. DESSIREE MERCHAN



Exp: 11-3036/Msi.