REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, treinta y uno (31) de julio de dos mil doce (2012), siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 am), se constituye el Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Juez Caribay Gauna y la Secretaria Dubraska Ibarreto y se traslada a un local comercial identificado con el número y letra A-2, ubicado en la planta Sótano uno del Edificio Centro Letonia, Torre Ing Bank, situado con frente a la avenida Principal y avenida San Felipe de la Urbanización La Castellana, Municipio Chacao del Estado Miranda, en compañía del apoderado judicial de la parte actora, abogado Mario Brando, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 119.059, a fin de practicar medida de entrega material decretada por el Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio de resolución de contrato incoado por Sociedad Mercantil Proyecto 9308, C.A contra Sociedad Mercantil Silverios Barbería Coiffeur, C.A. Una vez en el lugar indicado la Juez procede a dar los toques de Ley y por cuanto no es atendido el llamado efectuado, acuerda designar un cerrajero, cargo éste que recae sobre el ciudadano Robert Guilarte, titular de la cédula de identidad Nº 10.823.384, quien habiendo aceptado el cargo sobre él recaído y jurado cumplir bien y fielmente con las obligaciones inherentes a dicha designación procede a entrar en ejercicio de sus funciones. Aperturadas las puertas del inmueble se observa que se encuentra libre de bienes y personas, en consecuencia, la Juez ejecutora en cumplimiento de su misión procede a hacer la entrega material, real y efectiva de un local comercial identificado con el número y letra A-2, ubicado en la planta Sótano uno del Edificio Centro Letonia, Torre Ing Bank, situado con frente a la avenida Principal y avenida San Felipe de la Urbanización La Castellana, Municipio Chacao del Estado Miranda, el cual se pone en posesión de la parte actora, en la persona de su apoderado judicial abogado Mario Brando, ya identificado, quien estando presente, expone: “ En nombre de mi representada declaro recibir conforme el inmueble, que se me entrega en este momento libre de bienes y de personas. En cuanto a la medida de embargo igualmente decretada, me abstengo de llevarla a cabo. Es Todo.”. Cumplida como ha sido la misión se dispone el retiro del Tribunal a su Sede. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 10:50 am.-
La Juez,

Caribay Gauna
El apoderado judicial de la parte actora

Abg. Mario Brando
El Cerrajero
Robert Guilarte
La Secretaria,
Dubraska Ibarreto
Exp. N° 3229-12 (Interno)
Exp. N° AP31-V-2011-000681