REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, Miércoles Once (11) de Julio del año Dos Mil Doce (2012), siendo las (10:00), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE, en compañía de la Secretaria Titular Abogada DAYANA FUENTES GOMEZ, del Apoderado Judicial de la Parte Actora. Abogado: JOSÉ ALEJANDRO PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 115.651, del Representante de la Depositaria Judicial La Consolidada C.A., ciudadano, CARLOS RIVAS y del Perito Avaluador ALFREDO GONZALEZ, designados por este Tribunal, Venezolanos, mayores de edad, e identificados con las cédulas de Identidad Nros. V-6.318.092 y V-3.530.122, respectivamente; quienes estando presentes en el acto aceptaron los cargos y prestaron juramento de ley; a objeto de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO, decretada y ordenada por el Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por Cobro de Bolívares, sigue La Sociedad Mercantil Condominios Cordillera, S.R.L., contra Rafael Alberto Sánchez Márquez y Laura Rosa Rincón Boscan, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 6.125.333 y 7.892.954, bajo el número de Asunto: AP31-V-2010-002348, procedió a EMBARGAR EJECUTIVAMENTE, del siguiente inmueble que a continuación se identifica: Un (01) apartamento distinguido con el número y letra Dos-A (2-A), planta segunda, en el edificio denominado Residencias Hall Platino, ubicado en la avenida Carlos Soublette, Sector el Paraíso de la Urbanización San Bernardino, en Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Capital, tiene una superficie aproximada de Ciento Ocho Metros Cuadrados (108,00 M2), cuyos linderos son: NORTE: Apartamento Dos-B (2-B); SUR: Fachada Sur del edificio; ESTE: Fachada este del edificio; OESTE: Ascensor, pasillo y fachada oeste del edificio. Al propietario de éste apartamento le corresponde el derecho de uso exclusivo de Un (01) puesto doble de estacionamiento de vehículos, es decir para aparcar un vehículo detrás de otro, distinguido con los números Dos (2) y Cinco (5), los cuales tienen unas superficies aproximadas de Diez y Seis Metros Cuadrados Con Setenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (16,74 M2) y de Diez Y Siete Metros Cuadrados Con Cinco Decímetros Cuadrados (17,05 M2), los cuales están ubicados en la Planta Baja del edificio, Así Mismo, al propietario de éste apartamento le corresponde el derecho de uso exclusivo de Un (01) Cubículo o Maletero distinguido con la letra y número M-Siete (M-7), el cual tiene una superficie aproximada de Tres Metros Cuadrados Con cincuenta y Siete Decímetros Cuadrados (3,57 M2), el cual esta ubicado en la Planta Sótano del edificio. Como consecuencia del Régimen de propiedad Horizontal aludido, la propiedad del apartamento vendido lleva consigo el Siete Enteros Con Quince Centésimas por ciento (7,15 %), del condominio sobre las cosas de uso común y las cargas de la comunidad de propietarios. Dicho inmueble pertenece a los demandados ciudadanos Rafael Alberto Sánchez Márquez y Laura Rosa Rincón Boscan; según consta de documento protocolizado por ante el Registro Público Del Segundo Circuito Municipio Distrito Capital, de fecha Veintinueve (29) de Agosto de 1996, bajo el N° 48, Tomo 28, Número: 48, Folio 226, Protocolo Primero., y fue avaluado Prudencialmente por el Perito en la cantidad de Ochocientos Mil Exacto (Bs. 800.000,oo).- Seguidamente el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, hasta la cantidad de Ciento Doce Mil Seiscientos Ochenta y Ocho Con 00/100 (Bs. 112.688), el inmueble supra identificado y lo coloca en posesión de la Depositaria Judicial designada La Consolidada C.A., en la persona de su representante, ciudadano: Carlos Rivas, antes identificado quien toma posesión jurídica del mismo en este acto.- De conformidad con lo establecido en el Artículo 535 del Código de Procedimiento Civil, se libró Oficio Nro. 147-12, dirigido a la Oficina Subalterna de Registro correspondiente, y se colocó un cartel de notificación de la medida a las puerta del inmueble objeto de la presente medida .- Acto seguido el Tribunal deja constancia que de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero del 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente, no podrá establecer ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal Ejecutor, da por terminado el acto, y ordena la devolución de la presente comisión al Tribunal Comitente, trasladándose a su sede a las (11: 00 a.m.) Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR


Dra. MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE

EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA
EL REPRESENTANTE DE LA
DEPOSITARIA JUDICIAL


EL PERITO AVALUADOR
LA SECRETARIA TITULAR



Exp Int: 2351-12
MCCM/DFG/Johnny.