REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO NOVENO EJECUTOR DE MEDIDAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 11 de Julio de 2012

CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano GUILLERMO SCANDELLA BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 265.669, y/o su Apoderado Judicial constituido en autos, ciudadano CARLOS DANIEL LINAREZ, inscrito en el inpreabogado bajo el número 69.065, que con motivo del Juicio por ACCIÒN MERO DECLARATIVA, incoado por el ciudadano LUIS FELIPE VALLES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 796.928. Expediente signado bajo el Nº AH1C-V-1997-000037 nomenclatura del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y con el Nº 0052-12 nomenclatura interna de este Tribunal, que por auto dictado en esta misma fecha se ordenó su notificación, a los fines de hacer de su conocimiento que en fecha 30 de Noviembre de 2011, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia mediante Resolución Nro. 2011-0062, resolvió en el artículo 1 atribuir a este Despacho, competencia como Juez Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sólo para resolver todas aquellas causas que se encuentran en estado de Sentencia Definitiva, fuera del lapso legal comprendido hasta 2009, asimismo, en su artículo 5 estableció que los Jueces Itinerantes se Abocarán de oficio y ordenarán la notificación de las partes, en tal sentido y, a los fines de dar cumplimiento a lo antes mencionado, la ciudadana ADELAIDA C. SILVA MORALES, en su carácter Juez Titular de este Despacho se ABOCÓ al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra, en el entendido que vencido el lapso de diez (10) días después de la constancia en autos de la última de las notificaciones, la causa se reanudará en el estado en que se encuentra y, paralelamente correrá el lapso de tres (03) días de despacho señalados en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil.
El presente Cartel deberá ser fijado tanto en Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, como en la sede de este Juzgado. Asimismo, ordena su publicación en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia
Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en los artículos 90 y 233 del Código de Procedimiento Civil. Una vez vencidos los lapsos antes mencionados, se procederá a dictar la correspondiente Sentencia.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR
DRA. ADELAIDA C. SILVA MORALES.


EXP. Nº 0052-12
EXP. Antiguo AH1C-V-1997-000037
ACSM/ José