Vista la anterior diligencia, constante de un (01) folio útil, presentada por el abogado MANUEL ORTIZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 139.749, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano José María Mella Veiga, titular de la cédula de identidad N° V-13.944.499, mediante la cual desiste del procedimiento. En consecuencia, éste Tribunal homologa el desistimiento del procedimiento planteado en la mencionada diligencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 265 del código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
EL JUEZ,
Dr. JOSE EMILIO CARTAÑA ISACH.
LA SECRETARIA,
ABG. IVONNE M. CONTRERAS R.
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