REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
CARACAS, doce (12) DE JULIO DEL AÑO 2012
202° Y 152°
Por recibida la presente solicitud de Inspección Judicial, procedente del Sistema de Distribución, interpuesta por los ciudadanos Javier E. Ruan S. y Karla Peña García, abogados en ejercicio inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 70.411 y 123.501 en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil INVERSIONES NACHO, C.A. Désele entrada y anótese en el libro respectivo bajo el Nº AP31-S-2012-006645.
En cuanto a su admisión; este Tribunal observa que la solicitud de Inspección Judicial fue interpuesta a los fines que el Tribunal se traslade y se constituya en fecha 06.07.2012, a las 9:00 a.m. en la Sede de Consorcio Unión, S.A. donde se llevaría a cabo una Asamblea Extraordinaria de Accionistas, Siendo el caso que la presente solicitud fue recibida por este Juzgado de Municipio en fecha 07.07.2012 fecha posterior a la establecida para la inspección judicial solicitada, en consecuencia este Juzgado NIEGA la admisión de la misma en virtud de la señalada circunstancia . ASÍ SE DECIDE.-
EL JUEZ TITULAR
RENAN JOSÉ GONZÁLEZ
EL SECRETARIO
ERICKSON JOSÉ MARTINEZ
EXP.- Nº AP31-S-2012-006645
RJG/EJMC