REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Tribunal Vigésimo Séptimo (27) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve (09) de julio de dos mil doce (2012)
202º y 153º

ASUNTO: AP21-S-2012-001041
PARTE OFERENTE: REPRESENTACIONES MARIN VALLENOTI C.A.
PARTE OFERIDA: JESUS PORTAL.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Visto el escrito de transacción judicial de fecha 14 de junio de 2012, presentada por el ciudadano JESUS PORTAL, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.299.375, parte oferida, debidamente asistida por el ciudadano JOSE ANTONIO PEROZO, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.194, por una parte y por la otra el ciudadano RAMON CHACIN, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 112.366, actuando en su condición de apoderado judicial de la parter oferente REPRESENTACIONES MARIN VALLENOTI C.A., mediante la cual las partes dejan constancia de haber celebrado un acuerdo transaccional en fase de sustanciación con el animo de dar por terminado el presente procedimiento de oferta de pago, por cuanto la parte oferida manifiesta haber recibido la suma acordada por ambas partes en la referida transacción mediante cheque librado contra Corp Banca c.a., a su nombre, distinguido con el Nº 84000317 por la cantidad de por la cantidad SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.6.326,87), de fecha 1º de junio de 2012, por los conceptos laborales Prestación de Antigüedad acumulada, intereses sobre la prestación de antigüedad, vacaciones 2012, bono vacacional fraccionado 2012, salario del 16/05/2012 al 30/05/2012, comisiones por ventas no cobradas en mayo de 2012, cestatikets del 01/05/2012 al 30/05/2012, por los conceptos de antigüedad, intereses sobre la prestación de antigüedad, indemnizaciones por despido injustificado y sustitutiva por omisión de preaviso, vacaciones vencidas, vacaciones fraccionadas, bono vacacional vencido y fraccionado, utilidades vencidas y fraccionadas y gratificaciones voluntarias, este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte oferente en el presente de oferta de pago, las cuales se desprenden de instrumento poder autenticado consignado al folio 4 y 5 de autos, y por cuanto la referida transacción no vulnera los derechos del extrabajador JESUS PORTAL, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción en los mismos términos expuestos por las partes suficientemente identificadas al inicio, cuyo monto fue por SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.6.326,87), de un monto inicialmente ofertado de Bs.6.326,87, de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el primer aparte del artículo 19 de la novísima Ley Orgánica del Trabajo Trabajadores y Trabajadoras y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, por ambas partes manifiestan haber dado cumplimiento total a la transacción celebrada por ellos y no quedando a deber la oferente cantidad alguna a la parte oferida, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará dar por terminado el presente proceso con respecto a la parte oferida extrabajador JESUS PORTAL.- Así se establece.-

La Juez


Abg. Aura María Trenard



El Secretario (a)

Abg. Adriana Bigott