Tribunal Vigésimo Noveno (29°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete (17) de julio de dos mil diez (2012)
202° y 153º
ASUNTO: AP21-L-2012-000644
Vista la diligencia presentada por la representante de la parte actora abogado RAMDOR PIÑA, IPSA N° 108.839, en fecha 11 de Julio de 2012, en la cual desiste del procedimiento solo en cuanto a la Empresa SERVICIOS ACUATICOS DE VENEZUELA C.A., estando el proceso en etapa de Sustanciación, este juzgado lo HOMOLOGA en los términos expuestos según lo establecido en los artículos 11 y 130 parágrafo primero de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y 263 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez
Secretaria
Abog. Gilberto Alfaro
Berlice González