Tribunal Vigésimo Noveno (29°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta y uno (31) de julio de dos mil doce (2012)
202º y 153º

ASUNTO: AP21-L-2012-001306

Vista la presente Transacción y sus recaudos, presentados en fecha 23-07-2012, por ante este Tribunal Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y las Trabajadoras y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así visto el escrito de transacción presentado por la parte actora JOSE RIVAS, acompañado de la abogada HILSY SILVA, IPSA N° 69.213, y firmado por el representante legal de la empresa demandada THE NEW RESTAURANT OF PASTES, C.A., abogado MARIA VALDIVIESO, IPSA N° 20.083, mediante la cual la demandada paga al demandante a su cabal y entera satisfacción la suma señalada de QUINCE MIL BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs.F.15.000,00), la cual se paga de la siguiente forma la cantidad de Bs.7.500, ya pagado mediante cheque del Banco Banesco Nº 33863704, a favor del trabajador y un segundo pago que se hará mediante dos cheques el día 2 de agosto de 2012, por las cantidades de Bs. 2.250,00 para el apoderado JOSE FRANCISCO FAJARDO, y otro por Bs. 5.250,00, a nombre del trabajador por ante el tribunal, con lo que se dará por terminado el litigio, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo; HOMOLOGA el presente acuerdo transaccional en los términos expuestos por estas, ordenando agregar a los autos el presente escrito, asimismo se dará por terminado el presente juicio y se ordenará el archivo cuando conste en el expediente el pago realizado. Se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas de conformidad a lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y se ordena la entrega de las pruebas aportadas por las partes en la audiencia preliminar cuando las partes lo soliciten.

El Juez

Secretario

Abog. Gilberto Alfaro
Abog. Berlice González