REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas; 04 de julio de 2012
201° y 152°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-002167
PARTE ACTORA: MARIA INES CONTRERAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: VANESSA DE LOS ANGELES GARCIA JIMENEZ, NERIO OMAR GARCIA VASQUEZ
PARTE DEMANDADA: RESTAURANTE EL BUDARE GALERIAS AVILA (CORPORACION R.I.R, C.A).-
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FLORA OROZCO y MARILYN OVIEDO
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, 04 de julio de 2012, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de la comparecencia de las abogadas Flora Orozco y Marilyn Oviedo, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte demandada, quienes consignan copia simple de instrumento poder contentivo de tres (03) folios útiles presentando su original a efectum vivendi, así como copia simples de documento constitutivo estatutario doce (12) folios útiles, los cuales se ordenan agregar al presente expediente; así mismo se deja constancia de la falta de comparecencia de la parte actora a la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.
La Juez
Abg. Claudia Valencia
El Secretario
Abg. Luis Barranco
Flora Orozco Marilyn Oviedo
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