REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo (40°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, veintitrés (23) de Julio de dos mil doce (2011)
202º y 153º


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-002454

DEMANDANTE: GUSTAVO ALFREDO DIAZ GUEVARA, venezolano, mayor de edad, , de este domicilio, Cédula de Identidad No. 20.631.538. NO COMPARECIO NI POR SI NI MEDIANTE REPRESENTANTE JUDICIAL.

APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDANTE: NO COMPARECIÓ.

DEMANDADA: TRANSVALVI

APODERADO DE LA DEMANDADA: NO COMPARECIO NI POR SI NI MEDIANTE REPRESENTANTE JUDICIAL.

En el día hábil de hoy, veintitrés (23) de julio de dos mil doce (2012), siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente asunto, que anunciado como ha sido el acto en la Sala de Comparecencia de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución a las 10:00 a.m de este día, este Tribunal deja constancia de la incomparecencia a esta Audiencia Preliminar del ciudadano GUSTAVO ALFREDO DIAZ GUEVARA, arriba identificado, parte demandante en el presente procedimiento. Se deja constancia igualmente de la incomparecencia de la parte demandada en el presente asunto la sociedad mercantil TRANSVALVI.

En consideración a ello, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara Desistido el procedimiento y Terminado el presente proceso en vista de la incomparecencia del ciudadano GUSTAVO ALFREDO DIAZ GUEVARA a la celebración de la audiencia preliminar. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

La Jueza,

Abog. Carmen Leticia Salazar




La Secretaria,

Abog. Amanda Blanco