REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez del Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio de
Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, nueve (09) de Julio de dos mil doce (2012)
202º y 153º

ASUNTO: AH52-X-2011-000581
Revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto y vista la Transacción Judicial de fecha tres (03) de mayo de dos mil doce (2012), entre la ciudadana LUCIBELL COLMENARES MOGOLLON, Abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 107.253 quien actúa en su nombre y en su carácter de intimante en la presente causa y la ciudadana DENISSE CRISTINA ARAYA CARES, venezolana, mayor de edad, divorciada, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad N° E-81.946.826, en su cualidad de intimada en el presente asunto y, en virtud que la presente Transacción, se realiza sobre un asunto de naturaleza disponible y al no evidenciarse violación o amenaza de derecho alguno o prohibición de la Ley para celebrarla, este Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA, en todos y cada una de sus aspectos y en las mismas condiciones en que fue acordado por las partes la Transacción Judicial suscrita en la fecha y lugar arriba indicados. Fórmese un solo cuerpo con el escrito presentado por las partes ut supra identificados y téngase la presente Transacción como una Sentencia Firme. Expídanse Copias Certificadas de la presente decisión, previa la consignación de los fotostatos respectivos, y entréguense a los solicitantes a los fines que surtan sus efectos legales consiguientes. Cúmplase con lo ordenado.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en el Despacho de la Juez del Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Caracas, a los nueve (09) días del mes de Julio del año dos mil doce (2012).
LA JUEZ,


ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS
LA SECRETARIA

ABG. KARLA SALAS.