REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, dieciocho de julio de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO : AH52-X-2012-000265
PARTE ACTORA: CARMEN JULIA DIEZ TRIANA, titular de la cédula de identidad Nro V- 17.483.639
PARTE DEMANDADA: JELVYS JOSE PAEZ HIDALGO, titular de la cédula de identidad Nro V- 15.026.376
MOTIVO: DESISTIMIENTO, EXTINCION DE LA INSTANCIA, CIERRE Y ARCHIVO DE LA INCIDENCIA DE OPOSICION DE LA MEDIDA DICTADA EN FECHA 30-03-12.
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman la presente incidencia de OPOSICION DE MEDIDA DE CUSTODIA dictada en fecha 30-03-12, este Tribunal, por cuanto se observa del acta de esta misma fecha, que la parte contra quién obra la medida CARMEN JULIA DIEZ TRIANA, identificada ut supra, no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial, así como no compareció el ciudadano JELVYS JOSE PAEZ HIDALGO, plenamente identificado,esta Jueza Quinta (5°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 466 E de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, considera DESISTIDA la PRESENTE INCIDENCIA y en consecuencia, se ordena el CIERRE Y ARCHIVO de la misma. Se le advierte los solicitantes, que no podrán intentar nuevamente la solicitud, antes de que transcurran treinta días continuos, contados a partir del día siguiente al de hoy. ASI SE DECIDE.
LA JUEZA,

Abg. AIMAR VALENCIA RIZO
LA SECRETARIA,

Abg. ZENOBIA ELENA ERAZO