Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 06 de Julio de 2012

ASUNTO: AP51-J-2012-011835

SOLICITANTE: ALFREDO NUNO ALMANDOZ MONTEROLA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-11.234.145
MOTIVO: CURATELA.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano ALFREDO NUNO ALMANDOZ MONTEROLA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-11.234.145, así como la aceptación y juramentación realizada por el Curador Ad-Hoc designado, ciudadano JOSE ANTONIO ELIAZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.564.228, en fecha 04/07/2012 (f.16 y 17), esta Jueza Octava (8vo.) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño, Niña y Adolescentes, DISCIERNE EL CARGO DE CURADOR AD-HOC al prenombrado ciudadano, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil Venezolano, con todas las consecuencias legales inherentes al mismo, por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. Asimismo, se deja expresa constancia que el niño SE OMITEN DATOS, no posee bienes de fortuna. A tal efecto, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguese al solicitante, para lo cual se INSTA a consignar los fotostatos respectivos. Cúmplase.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y Sellada en el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Caracas, 06 de Julio de 2012. Años 201° y 153°.
LA JUEZ


ABG.LIZBETH KARINA MARTIN SIMOZA. EL SECRETARIO


ABG. LUIS MORALES.



LKMS/LM/HERIBERTO MEDINA.